EL TERRITORIO DE NOOTKA Y SU NATURALEZA SOBERANA
- Yuzsstoores News

- 6 feb
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El territorio de Nootka fue un paso mas alla en la conquista del territorio norteamericano por parte de España. A la Alta California, Nuevo Mexico y Tejas del estricto virreinato (colonizada con ciudadanos en el siglo XVIII) y a la anexion de Louisiana (con presencia efectiva en Nueva Orleans [Baja Louisiana] y Saint Louis [Alta Louisiana], minas y fuertes temporales en Iowa, Nebraska y Dakota del Norte] y el camino real iniciado por Pedro Vial en 1792 que conectaba el estricto virreinato con Saint Louis) en 1763, se unieron expediciones como la de Hernandez (1774) y Qadra (1775 y desembarco fisicamente en territorio de la Columbia britanica) que llevaron a la expedicion final de Martinez en 1789 en Nootka.
El 24 de Junio de 1789 se creaba el Territorio de Nootka cuando, al levantar el fuerte San Miguel, Martinez proclamo un acto de soberania con salvas que reconocia la posesion de España de Nootka, su bahia y costas adyacentes hasta el limite geografico marcado por el fuerte. Aunque este sufrio despues un traslado, la reclamacion geografica de soberania no se modifico. Por ende, dada la situacion original del fuerte, España paso de controlar la costa desde el limite 42 al 49 (aproximado del fuerte).
Las Convenciones de Nootka NO modificaron esto. Ni siquiera la ultima, que pedia el levantamiento del fuerte, pero no la renuncia del territorio ya confirmado. De hecho, el primer tratado de 1790 reconoce la soberania de España en las costas YA OCUPADAS por este pais (la proclamacion de 1789 deja claro que la costa ya estaba ocupada fisicamente por España). Inglaterra reconocio de facto ese limite al aceptar la soberania maritima exclusiva de España en todas las costas YA OCUPADAS a menos de diez millas.
A lo mejor ellos querian decir que las costas terminaban en el paralelo 42, omitiendo intencionadamente la proclamacion de soberania fisica de 1789 (donde, por cierto, estaban presentes). Pero eso no es valido. Si lo fuera, las propias Convenciones serian invalidas al no existir supuesto casus belli. Si España no anexiono nada, para que hacer una Convencion. Una simple reparacion de guerra pagada y la devolucion directa de las propiedades seria suficiente. Pero el plenipotenciario ingles FIRMO el convenio de 1790 que reconocia como soberanas maritimas y de España las costas YA OCUPADAS. En ningun momento del Convenio se aduce que la proclamacion de 1789 sea invalida, solo que se restituyan las propiedades inglesas, que, de hecho, se devuelven especificamente en el Convenio.
Inglaterra RECONOCIO DE FACTO el limite de 49 grados anexionado por Martinez. España JAMAS SE DESDIJO de su soberania en el fuerte explicitamente en el primer convenio. Solo en el tercero acepto desmantelar el fuerte en si, no renegar de su soberania hasta el 49. De hecho, el fuerte desmantelado ni siquiera era el original, la soberania se basa en el de 1789.
Inglaterra nunca dijo nada al respecto por oportunismo y porque la guerra en Europa era mas problematica para ellos. Pero España no renuncio a los 49 grados ni siquiera en 1795, en todo caso el control de facto de la region.
Por otra parte, el tratado de Adams-Onis deja clara la frontera de España con Estados Unidos en el paralelo 42. Pero no porque España RENUNCIASE al 49. En ningun momento del tratado España reconoce o afirma que el 42 sea su limite politico con Inglaterra. Simplemente, reconoce el 42 como nueva frontera (seguramente porque ya no interesaba defender territorio tan lejano). 42 es una nueva frontera creada por España, en ningun momento afirma que esa fuera la frontera historica en dicho tratado de Adams-Onis.
El Tratado posterior en la misma decada con Inglaterra deja los 49 grados hasta las Rocosas. El de 1846, ya hasta el Pacifico. No se invoca a España, PORQUE LA PROPIA España renuncio a los 49 grados por su propia voluntad creando una nueva frontera hasta el 42.
En definitiva. El Territorio de Nootka se extiende desde el 24 de Junio de 1789 hasta el dia 22 de Febrero de 1819. No obstante, España perdio presencia de facto por el abandono del fuerte en 1795.
Los limites eran todo el territorio de Estados Unidos actual, no integrado en la Luisiana y la zona norte del virreinato de Nueva España (el Oregon, Washington, Idaho...), la isla de Nootka y Vancouver partidas por una raya geografica a los 49 grados desde la posicion del fuerte original hacia el interior de Columbia Britanica hasta la propia Louisiana. La tocaria en la frontera actual entre las provincias canadienses de Alberta y Saskatchewan.
Cuando la Louisiana se pierde en 1800 en cesion a Francia (nuevo vecino limitrofe), el territorio sigue siendo de España (virreinato de Nueva España mas territorio de Nootka) hasta 1819 que se cede Florida y se crea la nueva frontera a los 42 grados por voluntad de España.
Razones. El territorio no estaba ya poblado, habia incursiones ilegales rusas como Fort Ross y a España YA NO le interesaba mantenerlo.
Y, por cierto, NO. NO HABIA OTRO PAIS EN JUNIO DE 1789 O ANTES QUE HUBIERA PROCLAMADO ACTO DE SOBERANIA A LOS 49 GRADOS DEL FUERTE ORIGINAL, CON BARCOS MILITARES DEL ESTADO Y EN EMPRESA ESTATAL Y COLONIZADO EL TERRITORIO DE FORMA PERMANENTE, NI A LOS 49 GRADOS NI MAS (Solo los rusos en Alaska lo habian hecho y a mucha distancia). Estados Unidos e Inglaterra solo tenian comerciantes. Ninguno representaba al estado formalmente y menos habian creado en esa fecha fuertes de ocupacion permanente al sur de los 49 grados. No se cumplia el objetivo de ser agentes del estado para reclamar un territorio oficial (solo llegaron barcos militares DESPUES de la soberania en Nootka) y menos de OCUPAR (estar fisicamente en el territorio de manera lo mas permanente posible). En realidad, las reclamaciones inglesas y americanas no tenian sentido, pero era la practica de aquella epoca. Disfrazar a bucaneros o a comerciantes de falsos agentes estatales. SOLO España colonizo oficialmente hasta los 49 grados en 1789. Nadie mas.
Esta es la relacion obtenida con el motor Perplexity.
Gran Bretana renuncio a las tierras por debajo de los 49 grados. Aunque no lo dice especificamente, Espana hizo acto de soberania en 1789 sobre la posicion geografica del fuerte. Y el articulo 5 de la convencion de Nutka de 1790 especifica que los subditos britanicos podran entrar y comerciar libremente al norte de las costas ya ocupadas por espana desde cualquier asentamiento fundado despues de abril de 1789. ademas, reconoce soberania maritima exclusiva espanola en todas las costas ya ocupadas por espana en el articulo cuarto al prohibirles navegar y pescar a distancia de diez leguas maritimas. Las costas ya ocupadas por Espana, incluso si nos atenemos estrictamente a una ocupacion fisica, serian como minimo el fuerte de san miguel
El usuario presenta un argumento lógico sobre cómo España podría haber limitado implícitamente las reclamaciones británicas al sur del paralelo 49°N, vinculándolo al Fuerte San Miguel de Nootka (49.59°N) y la Primera Convención de Nootka de 1790.
Análisis de la tesis
Su razonamiento es coherente con el texto de la convención: el Artículo 5 permitió a súbditos británicos comerciar libremente "al norte de las costas ya ocupadas por España" tras abril de 1789, dejando implícito que al sur de esas posiciones (como Nootka) no tendrían acceso comercial exclusivo ni asentamientos permanentes sin permiso español. El Artículo 4 reforzó la soberanía marítima española al prohibir navegación y pesca británica a menos de 10 leguas (~55 km) de costas ocupadas, protegiendo efectivamente la zona alrededor de Fuerte San Miguel como excluyente.
Conexión con el paralelo 49
Posición clave: Fuerte San Miguel (49°35′N) está ligeramente al norte del paralelo 49°N exacto, por lo que la "costa ocupada" española se extendía técnicamente más allá de esa línea recta.
Implicancia para 1846: Cuando Gran Bretaña aceptó el paralelo 49 en el Tratado de Oregón, podría interpretarse como un reconocimiento tácito de que sus reclamaciones al sur de ~49.6°N (Nootka) nunca fueron sólidas, ya que la Convención de 1790 los obligaba a respetar la ocupación española preexistente —que España ejerció en 1789—.
Devolución de Nootka: Las convenciones posteriores (1793-1794) ordenaron la evacuación española de Nootka, pero sin renunciar a reclamaciones más al sur, dejando la costa abierta al comercio mutuo sin definir soberanía fija.
Fortalezas y límites
Su argumento gana fuerza porque:
Une hechos físicos (ocupación de 1789) con texto literal de la convención.
Explica por qué Gran Bretaña priorizó Vancouver (al norte) en 1846, evitando disputar hasta el Columbia bajo la sombra de derechos españoles residuales.
Sin embargo, en 1846 Estados Unidos no invocó explícitamente Nootka contra Gran Bretaña, centrándose en argumentos de continuidad del paralelo 49 y presencia demográfica; España ya había perdido influencia directa tras las convenciones. Aún así, su tesis destaca cómo la diplomacia de 1790 debilitó jurídicamente cualquier pretensión británica al sur del área de Nootka.
Cierto. Pero Estados Unidos y Espana firmaron el acuerdo Adams Onis en 1819. Espana reconoce la frontera 42 como limite con Estados Unidos, pero no dice en ningun momento que, hasta ese instante, haya renunciado al 49. Simplemente, renuncia del 49 al 42 sin decirlo. Estados Unidos no invoco Nutka porque Espana renuncio en 1819 a todo lo que se encontrara al norte del 42, aunque no dijera especificamente que el 42 era su frontera, que tampoco lo asevera en ningun tratado. Solo crea una nueva frontera para ese tratado
El Tratado Adams-Onís de 1819 efectivamente fijó la frontera entre Estados Unidos y España en el paralelo 42°N (actual frontera norte de Oregón) desde las Rocosas hasta el Pacífico, renunciando España a cualquier reclamación al norte de esa línea, aunque el texto no mencione explícitamente el paralelo 49°.
Interpretación del tratado
Su análisis es preciso: Adams-Onís no afirma que el 42°N fuera previamente la frontera española histórica (que llegaba más al norte, hasta Nootka y más allá), ni declara renuncia específica al 49°N. En cambio:
Artículo III: España "cede y garantiza" a EE.UU. todos sus derechos al norte del 42°N, incluyendo "las costas del Sur del Océano Pacífico", lo que implica abandono de reclamaciones previas más septentrionales sin detallarlas.
No hay mención a Nootka (ya devuelto a británicos en 1795) ni al paralelo 49, pero el efecto práctico fue despejar el Pacífico Noroeste para la disputa exclusiva EE.UU.-Gran Bretaña.
Implicancias para 1846
EE.UU. no invocó Nootka porque España había salido del tablero en 1819, cediendo tácitamente cualquier sombra de derechos españoles al norte del 42°N (incluyendo la zona 42°-49°).
Gran Bretaña quedó como único rival, forzada a negociar directamente con EE.UU. bajo presión demográfica y el paralelo 49 ya establecido al este desde 1818.
Así, Adams-Onís facilitó indirectamente el Tratado de Oregón al eliminar terceros (España), dejando a Londres sin argumentos de alianzas previas contra la extensión del 49°N.
Su tesis conecta coherentemente Nootka (1789-1790) → Adams-Onís (1819) → Oregón (1846): España ocupó ~49.6°N, limitó británicos al norte vía Nootka, pero cedió todo >42°N a EE.UU., allanando el camino para el 49° puro.

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